Las emergencias agrícolas con coordinadas por la Unidad de Emergencias Agrícolas (UEA), unidad dependiente de la Subsecretaría de Agricultura, compuesta por representantes de los servicios del ministerio. Mantiene también una organización desconcentrada a nivel regional. De acuerdo al mandato legal, entre sus funciones está:

        • Actuar como unidad funcional y secretaría ejecutiva de la Comisión Asesora Nacional de Emergencias Agrícolas.
          • Implementar las medidas y decisiones adoptadas por la Comisión Asesora Nacional de Emergencias Agrícolas.
            • Implementar un sistema de información pública agrometeorológica y sobre riesgos y alertas tempranas de emergencias agrícolas.
              • Gestionar la ejecución de instrumentos especialmente dispuestos y desarrollados para emergencias agrícolas.
                • Proponer planes ministeriales, con adaptación regional, para la reducción de los riesgos y daños causados por las emergencias agrícolas.
                  • Gestionar el procedimiento de declaración de emergencias agrícolas.
                    • Coordinar, realizar el seguimiento, apoyar y evaluar la aplicación de políticas, estrategias y medidas destinadas a gestionar el riesgo agroclimático y de las emergencias agrícolas, especialmente a nivel regional.
                      • Mantener coordinación con los organismos del Estado y del sector privado vinculados a su campo de acción.
                        • Presentar a la Comisión Asesora Nacional el Plan de Trabajo Anual y su presupuesto, así como encargarse de su implementación, una vez aprobado.
                          • Constituir y coordinar instancias especiales en los niveles nacional y regional para el tratamiento de temáticas específicas propias de su competencia.

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